Pregunta:
¿tengo duda sobre la factura electrònica.. ?
Laura S
2010-12-10 20:58:11 UTC
para un profesionista con recibo de honorarios que gana menos de 4 millones al mes tengo entendido que no es necesario la factura electrónica cierto? pero he escuchado algo del código bidimensional.. es necesario agregarlo .. como funciona, donde lo sconsigo? de q se trata? y también tengo duda si hay plazo para cambio d e recibos o no?
Cuatro respuestas:
Mr. Kiss Kiss Bang Bang
2010-12-10 21:54:25 UTC
Así es Laura.



Como bien dices, los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado hayan declarado en ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4'000,000.00, así como los contribuyentes que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o menores a la citada cantidad, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa.



Para ello, debes considerar lo siguiente:



- Hay que solicitar la asignación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos.

- El dispositivo de seguridad que se deberá adherir al comprobante fiscal impreso consistirá en un CBB (Código de Barras Bidimensional) proporcionado por el SAT al contribuyente una vez aprobada la asignación de folios correspondiente.

- Los folios asignados al contribuyente, así como el CBB, tendrán una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación



Los comprobantes fiscales impresos deberán contener los siguientes cuatro puntos:

1. El CBB proporcionado por el SAT al contribuyente al momento de la asignación de los folios, mismo que deberá reproducirse con un mínimo de 200/200 dpi en un área de impresión no menor a 2.75 x 2.75 cm.

2. El número de aprobación del folio asignado por SICOFI.

3. El número de folio asignado por el SAT y, en su caso la serie.

4. La leyenda “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, misma que deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos.



Los mismos contribuyentes deberán pedir la aprobación de folios a través del portal de Internet del SAT utilizando su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) y ellos mismos podrán imprimir sus comprobantes, desde su casa, negocio, café internet, etc. con lo que los mecanismos de emisión de comprobantes se amplían de manera importante.





Resumiendo:

Tú misma podrás imprimir tus comprobantes fiscales con el código bidimensional. El primer requisito será tener la Fiel (Firma Electrónica Avanzada) para poder solicitar la aprobación de tus folios. Una vez que se aprueben, los puedes generar y como ya te mencioné, tanto el documento como su código, tienen vigencia de dos años.



Así como entras a la Oficina Virtual del SAT para mandar tus declaraciones, habrá otra aplicación para que imprimas tus comprobantes foliados; tú deberás llenar cada campo con los datos de la transacción. La desventaja será que hay que imprimirlos en el momento de la transacción, pues el código bidimensional contiene el RFC del receptor, y pues la mayoría de personas piden su comprobante en el momento.



¿Sobre el plazo?

Pues la reforma entre en vigor en enero de 2011, pero se está solicitando una prórroga; habrá que esperar la decisión:

http://www.oem.com.mx/eloccidental/notas/n1884539.htm



Pero recuerda que te puedes acabar los comprobantes que tienes. Si me lo permites, te aconsejo que antes que se termine diciembre pide más comprobantes impresos a tu impresor autorizado para que puedas agotarlos mientras el sistema en general se adapta a esta nueva regulación.





Espero haberte ayudado.



Hasta pronto
2010-12-15 21:57:30 UTC
Bueno aqui te dejo una pequeña ayudadita de todo sobre la facturacion electronica espero y te sea de mucha ayuda....... suerte,,,,,,...........:

La facturación electrónica es un equivalente funcional de la factura en papel y consiste en la transmisión de las facturas o documentos análogos entre emisor y receptor por medios electrónicos (ficheros informáticos) y telemáticos (de un ordenador a otro), firmados digitalmente con certificados reconocidos.



El Anteproyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información define la factura electrónica como “un documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que permite atribuir la factura a su obligado tributario emisor”.



De está definición extendida en todo el mercado, se transmite tres condicionantes para la realización de e-Factura:



Se necesita un formato electrónico de factura de mayor o menor complejidad (EDIFACT, XML, PDF, html, doc, xls, gif, jpeg o txt, entre otros).

Es necesario una transmisión telemática (tiene que partir de un ordenador, y ser recogida por otro ordenador).

Este formato electrónico y transmisión telemática, deben garantizar su integridad y autenticidad a través de una firma electrónica reconocida.

El artículo 3.3 de la Ley 59/2003 de 19 de diciembre define la firma electrónica reconocida como:



“la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma”.



Es decir, se tienen que dar tres condicionantes para que se de la firma electrónica reconocida:



1.Que sea una firma electrónica avanzada.

2.Que esté basada en un certificado reconocido, siendo certificado reconocido aquél que “cumpla los requisitos establecidos en esta Ley en cuanto “a la comprobación de la identidad y demás circunstancias de los solicitantes”.

3.Que sea generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma,es decir, aquel que ofrece, al menos, las siguientes garantías:

Que los datos utilizados para la generación de firma pueden producirse sólo una vez y asegura razonablemente su secreto.

Que existe una seguridad razonable de que los datos utilizados para la generaciónde firma no pueden ser derivados de los de verificación de firma o de la propia firma y de que la firma está protegida contra la falsificación con la tecnología existente encada momento.

Que los datos de creación de firma pueden ser protegidos de forma fiable por el firmante contra su utilización por terceros.

Que el dispositivo utilizado no altera los datos o el documento que deba firmarse ni impide que éste se muestre al firmante antes del proceso de firma.” (Art. 24.3).

Por último y para que tuviera la facturación electrónica la misma validez legal que una factura en papel, se necesita el consentimiento de ambas partes (emisor y receptor).
cihuaxqui
2010-12-13 14:57:31 UTC
Hay una especie de fuente (tipo de letra), que baje de internet que sirve para generarte el código bidimensional desde excel, no recuerdo como se llama, pero si desde google buscas: codigo barras bidimensional excel , seguro te aparecen varias opciones.



Por ahora estoy vendiendo muy barato un software para facturación electrónica y posteriormente agregaré la parte de recibos de honorarios por si te interesa.



http://articulo.mercadolibre.com.mx/MLM-54980276-facturas-electronicas-software-actualizado-_JM
Aldo Rico
2010-12-12 05:56:28 UTC
LAURA YO TE RECOMIENDO QUE NO TE COMPLIQUES LA VIDA Y CONTRATES LOS SERVICIOS DE UN PROVEEDOR DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES, ASI TUS RECIBOS O FACTURAS LAS EMITES DESDE LA COMODIDAD DE TU COMPUTADORA Y LOS ENVIAS POR EMAIL.



COMO PERSONA FISICA TE CUESTA ALREDEDOR DE 1000 PESOS ANUALES DICHO SERVICIO. Y AHORA CON LA COMPETENCIA HASTA ES POSIBLE QUE BAJEN EL COSTO.


Este contenido se publicó originalmente en Y! Answers, un sitio web de preguntas y respuestas que se cerró en 2021.
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